Artículo
18.- Toda
promoción dirigida a las autoridades fiscales, deberá presentarse mediante
documento digital que contenga firma electrónica avanzada. Los contribuyentes
que exclusivamente se dediquen a las actividades agrícolas, ganaderas,
pesqueras o silvícolas que no queden comprendidos en el tercer párrafo del
artículo 31 de este Código, podrán no utilizar firma electrónica avanzada. El
Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general,
podrá determinar las promociones que se presentarán mediante documento impreso.
CPHCC Contabilidad Fiscal México
viernes, 29 de septiembre de 2017
Código Fiscal de la Federación 2017 Art. 18
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Código Fiscal de la Federación 2017 Art. 17L
Artículo
17-L. El Servicio de
Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, podrá autorizar
el uso del buzón tributario previsto en el artículo 17-K de este Código cuando
las autoridades de la administración pública centralizada y paraestatal del
gobierno federal, estatal o municipal, o los organismos constitucionalmente
autónomos tengan el consentimiento de los particulares, o bien, estos últimos
entre sí acepten la utilización del citado buzón.
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Código Fiscal de la Federación 2017 Art. 17K
Artículo 17-K. Las personas físicas y
morales inscritas en el registro federal de contribuyentes tendrán asignado un
buzón tributario, consistente en un sistema de comunicación electrónico ubicado
en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, a través
del cual:
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Código Fiscal de la Federación 2017 Art. 17j
Artículo
17-J.- El
titular de un certificado emitido por el Servicio de Administración Tributaria,
tendrá las siguientes obligaciones:
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Código Fiscal de la Federación 2017 Art. 17i
Artículo
17-I.- La
integridad y autoría de un documento digital con firma electrónica avanzada o
sello digital será verificable mediante el método de remisión al documento
original con la clave pública del autor.
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Código Fiscal de la Federación 2017 Art. 17H
Artículo
17-H.- Los
certificados que emita el Servicio de Administración Tributaria quedarán sin
efectos cuando:
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jueves, 28 de septiembre de 2017
Código Fiscal de la Federación 2017 Art. 17G
Artículo
17-G.- Los
certificados que emita el Servicio de Administración Tributaria para ser
considerados válidos deberán contener los datos siguientes:
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